¡Cuidado! El SAT podría multarte con $35,000 por recibir dinero de tus amigos o familia

10 Octubre 2025

Si te han contado que el SAT ahora puede poner multas de hasta 35,000 pesos si tus amigos o familiares te transfieren dinero… pues sí: eso está rondando fuerte y merece que lo veas claro. Pero antes de alarmarte, veamos cuándo aplica, cómo hacerlo bien y cómo protegerte.

El asunto base: ¿qué dice la ley?

Según el Artículo 90 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), las personas físicas deben reportar en su declaración anual los préstamos, donativos o premios que, individualmente o en conjunto, excedan los 600,000 pesos en un año fiscal.
Si recibes montos superiores sin justificar, el SAT puede interpretar que se trata de un “ingreso no declarado” y aplicar sanciones.

¿Cuánto puede ser la multa?

Las noticias especializadas mencionan sanciones que llegan entre 34,730 pesos y 35,000 pesos si no declaras correctamente esos movimientos. Algunas fuentes más antiguas hablaban de multas de entre 1,400 y 34,730 pesos en función del monto omitido.

Ojo: esto no significa que cualquier préstamo pequeño te va a costar una multa de ese nivel. Depende de cuánto superes el límite, si lo puedes justificar, si ya estás en revisión, etc.

¿En qué casos puede aplicar el SAT?

  • Si recibes una transferencia de un amigo o familiar por un monto elevado y sin explicación.
  • Si esos depósitos “extraños” contrastan con tus ingresos declarados y el SAT te llama a aclarar.
  • Si ese préstamo no aparece en tu declaración anual cuando debiera (cuando se supera el umbral legal).
  • Si no puedes respaldarlo con documentos, contratos, pruebas de que hubo devolución o acuerdo.
  • Si el SAT inicia una auditoría por discrepancias entre lo que recibes y lo que declaraste.

Supuestos para entender mejor

  • Caso A (préstamo pequeño): tu hermana te transfiere 10,000 pesos para ayudarte. Eso no supera el umbral de 600,000 al año, así que no estás obligado a declararlo, aunque nunca está de más conservar un contrato o anotación interna.
  • Caso B (monto grande): un amigo te presta 700,000 pesos el mismo año. Eso sí entra en lo que debe declararse según el Artículo 90. Si no lo incluyes, el SAT podría considerarlo ingreso no declarado y multarte.
  • Caso C (varias cantidades pequeñas): si varias personas te prestan sumas menores, pero juntas superan 600,000 pesos en un año, también encajas en la obligación de declarar.
  • Caso D (préstamo con contrato y pagos): si tienes un contrato firmado, estás devolviendo el dinero conforme al acuerdo y has dejado pruebas (transferencias, estados de cuenta), reduces el riesgo de que el SAT lo interprete como ingreso.

Préstamos entre familiares y amigos: ¿qué hacer?

Aunque la relación de amistad o familiaridad haga que todo sea “informal”, para efectos fiscales conviene tratarlo con seriedad. Define un contrato simple (monto, plazos, tasas si aplica), haz la transferencia por medio bancario o registro formal y guarda estados de cuenta, correos o cualquier comprobante que muestre que fue un préstamo, no un “bono oculto”.

Cómo evitar estas multas

  1. Usa el concepto correcto en la transferencia: “préstamo entre particulares”, “mutuo” u otro término que indique que no es un ingreso.
  2. Haz un contrato por escrito (aunque sea sencillo).
  3. Conserva respaldos: estados bancarios, comprobantes, mails donde ambas partes aceptan los términos.
  4. Si el monto o acumulado será grande, decláralo en la declaración anual, conforme al Artículo 90.
  5. Si te lo solicita el SAT, puedes usar el formulario 86-A para declarar ingresos extraordinarios (préstamos, donativos, etc.).
  6. No dejes para después: si ya estás en revisión, responde con respaldo, no con evasión.

Si el monto es razonable, bien documentado, y no excedes el límite de 600,000 pesos al año, es poco probable que te multen. Pero si de pronto aparece una gran transferencia sin sustento, el SAT podría actuar.

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